Evaluación ordinaria y extraordinaria

La acreditación de cada unidad de aprendizaje, se da semestralmente mediante tres evaluaciones ordinarias. En caso de no acreditar alguna(s) unidad(es) de aprendizaje, el alumno inscrito podrá presentar una evaluación extraordinaria. Estas deben estipularse en el programa de estudio, y estar señaladas en el calendario académico.
Para el alumno que habiendo aprobado la evaluación ordinaria opte por mejorar su calificación, una vez realizada la evaluación extraordinaria su resultado deberá compararse con el de la evaluación ordinaria y la calificación más alta se registrará como calificación final.
Tratándose del alumno que no haya obtenido un resultado aprobatorio en la evaluación ordinaria, la calificación se registrará como extraordinaria. Cabe señalar que siendo es el caso, no le será posible titularse por escolaridad. (Art. 41-46, 48-51 Reglamento General de Estudios)